La doctrina siempre se ha cuestionado sobre los mรฉtodos que se utilizan para la enseรฑanza del Derecho, pues resulta necesario conjugar la teorรญa que se aprende en las universidades con la prรกctica jurรญdica. Es asรญ que, a partir de las ideas esbozadas en las ciencias mรฉdicas sobre el llamado โ€œmรฉtodo de enseรฑanza clรญnicaโ€, se extrapola la nociรณn de que el estudiante โ€“ a la postre futuro Abogado โ€“ no podrรญa obtener una preparaciรณn completa sin la debida interacciรณn con la realidad socio-legal. (Lusero, 2015)

La combinaciรณn del modelo de enseรฑanza teรณrica y la integraciรณn prรกctica a travรฉs de la vinculaciรณn con la comunidad y su realidad social, permite que los estudiantes que realizamos en la materia de Prรกctica Consultorio Jurรญdico UIDE – semestre febrero โ€“ junio 2019 con preparaciรณn psico-social integral y perspectiva humanรญstica y social, miremos el ejercicio profesional con mayor conocimiento y sensibilidad antes los problemas humanos que se trasladan al escenario legal en el dรญa a dรญa.

Hemos constatado que cada caso tiene su peculiaridad en cuanto a diversas necesidades que surgen de cada usuario patrocinado, procesos que se van desarrollando, con algunas dificultades ya sea por parte del patrocinado como en la prรกctica (campo) mientras avanza el proceso que, las vamos a abordar en este artรญculo

I Demora en el trรกmite de citaciรณn, solemnidad sustancial cuya falta acarrea la nulidad del proceso, (COGEP, 2015), sin embargo, el retardo en la administraciรณn del servicio de justicia vulnera el derecho de acceso a la tutela judicial efectiva, (CONSTITUCIร“N 2008) y no garantiza el cumplimiento de los principios de simplificaciรณn, uniformidad, eficacia, inmediaciรณn, celeridad y economรญa procesal; ademรกs la insatisfacciรณn, genera incomodidad y malestar para las partes procesales, abogados y estudiantes-practicantes.

El Consejo de la judicatura dictรณ la resoluciรณn No. 300 publicado en el Registro Oficial 613 de 22-oct-2015 que contiene el Reglamento de funcionamiento de oficinas de citaciones, que en su art. 12 dispone que:

โ€œSe establece como plazo mรกximo para la prรกctica de la diligencia de citaciรณn el de quince dรญas con excepciรณn de los juicios laborales, los mismos que tienen el plazo de cinco dรญasโ€ y que realmente la รบnica manera de lograr que esto se respete es aplicando sanciones tal como lo establece el artรญculo mencionando que โ€œvencidos estos plazos el Citador responsable de la demora deberรก someterse a sanciones por falta administrativaโ€. (Reglamento de funcionamiento de oficinas de citaciones, 2004)

Sin embargo, cuando se acude a las ventanillas de requerimientos los funcionarios manifiestan que lamentablemente por la carga procesal no se trabaja con plazos, que se demoran lo necesario y que ademรกs en algunos casos las copias obtenidas por los usuarios se traspapelan o extravรญan o se indica que, los citadores no suben la informaciรณn al sistema y que se debe volver a hacer un requerimiento en 7 dรญas.

Los mecanismos utilizados por el CGJ-UIDE, para solucionar esta dificultad fue elaborar y enviar un oficio al Consejo de la Judicatura seรฑalando aquellos procesos a nuestro cargo que se encuentran con demora en la etapa de citaciรณn, ademรกs realizar requerimientos diarios para obtener las copias de las actas de citaciรณn o no citaciรณn, solicitar las copias para el despacho y entregarlas con un escrito para que quede constancia de la obtenciรณn y entrega o mediante escrito solicitar que sea el juzgador o juzgadora la que requiera se extienda el acta de citaciรณn de manera urgente. Con รฉsta estrategia hemos logrado a la fecha que los procesos en cuestiรณn, se encuentren citados los demandados. (Casos: 17203-2016-00514, 17203-2019-00473, 17203-2014-4735, 17953-2003-3646, 17982-2019-0331)

II Declaraciรณn de parte como prueba fundamental en un juicio de rebaja de pensiรณn alimenticia

El Consultorio Jurรญdico Gratuito UIDE patrocina casos de Familia, Fijaciรณn de alimentos tanto a actoras como a demandados; generalmente los ingresos de los alimentantes se determinan a travรฉs de la informaciรณn que se obtiene de entidades pรบblicas como IESS, SRI, o de las empresas en donde prestan sus servicios los alimentantes en relaciรณn de dependencia.

Sin embargo, hay casos, que los alimentantes trabajan por cuenta propia y alegan percibir ingresos de un salario bรกsico unificado, lo que les ubica en el primer nivel de la tabla de pensiones alimenticias y procede fijar la pensiรณn mรญnima; en estos mismos casos, las actoras afirman que los padres de sus hijos SI tienen ingresos superiores a un salario bรกsico, por lo que el monto de la pensiรณn debe ser superior a la mรญnima. (Caso 17204-2014-4435).

La estrategia del defensor tรฉcnico en estos casos, es hacer uso de la prueba testimonial, denominada -declaraciรณn de parte- del demandado, para obtener a travรฉs de un interrogatorio, que podrรญa aportar hechos nuevos o contradictorios a los ya expuestos en audiencia, en la prueba documental-

En los textos que hacen referencia sobre las demandas de alimentos, la declaraciรณn de parte siempre se la solicita, aunque muchas veces รฉsta prueba no es practicada, porque en la etapa de conciliaciรณn las partes llegan a un acuerdo sobre el objeto de la controversia. En caso de no llegar a una conciliaciรณn, se procede al anuncio y prรกctica de las pruebas; en la mayorรญa de los casos, se prescinde de la declaraciรณn de parte porque el demandado no comparece o lo hace a travรฉs de procuraciรณn judicial; sin embargo, es importante que el defensor tรฉcnico, solicite que la audiencia se difiera para otra fecha, porque la declaraciรณn de parte es personal y no por interpuesta persona. (Cรณdigo Orgรกnico General de Procesos, 2015 Art. 333).

La importancia de esta prueba testimonial, estรก dada por la pretensiรณn de obtener mayor informaciรณn sobre los ingresos del o la alimentante, quien mediante su declaraciรณn suministrarรก certeza al juez sobre los hechos y formar el convencimiento judicial para la decisiรณn final.  Esta prueba tambiรฉn podrรญa perjudicar al declarante y favorecer a la parte contraria, lo que nos lleva a pensar que por estos motivos el declarante deseรณ evitar participar directamente dentro del proceso y compareciรณ a travรฉs de su procurador judicial. (COGEP 2015 Art. 177)

El actor deberรก comparecer personalmente debido a que es รฉl quien conoce y puede dar fe acerca de su situaciรณn econรณmica actual, ingresos y egresos, cargas familiares y especialmente de aquellas fuentes de ingreso que no pudieron ser identificadas a partir de la prueba documental, para que el juez los tome en cuenta para el cรกlculo de la pensiรณn alimenticia. Es importante en este punto considerar que el declarante estรก sujeto a la pena de perjurio en su declaraciรณn, segรบn lo que estipula el Art. 270 del Cรณdigo Orgรกnico Integral Penal (2014) con una sanciรณn de pena privativa de libertad de 3 a 5 aรฑos.

III. Importancia de la intervenciรณn de la Oficina Tรฉcnica

La Funciรณn Judicial cuenta como รณrgano auxiliar de los jueces de familia, mujer, niรฑez y adolescencia, de las salas especializadas de la Corte Provincial y Nacional, a las Oficinas Tรฉcnicas (Cรณdigo Orgรกnico de la Funciรณn Judicial, 2009). Integradas por mรฉdicos, psicรณlogos, trabajadores sociales y mรกs profesionales especializados en el trabajo con la niรฑez y adolescenciaโ€ quienes emiten informes con el carรกcter de pericial (Cรณdigo Orgรกnico de la Niรฑez y Adolescencia, 2009).

EL CJG UIDE solicita de manera preferente la intervenciรณn de la Oficina Tรฉcnica en los casos de visitas, tenencia, alimentos, para determinar la situaciรณn psico social de los menores, cuyos derechos van a ser discutidos. (Casos: 17981-2013-1661, 17204-2018-03127, 17203-2018-02921).

Las intervenciones psicosociales que realiza la oficina tรฉcnica, se realizan por conversaciones iniciales que aclimatan al entrevistado, la informaciรณn que se conoce tiene carรกcter subjetivo, pero a travรฉs de las tรฉcnicas profesionales de abordaje se realiza un anรกlisis en conjunto de la relaciรณn que existe entre todos los sujetos intervinientes en el caso, tales como la relaciรณn entre las hijas y el padre, la disciplina de las menores, la relaciรณn madre e hijas, relaciรณn con la familia paterna. Por esta parte la trabajadora social y psicรณloga de la pericia detallan de uno a uno que se menciona y finalmente realizan conclusiones de lo que perciben desde su experticia brindando al juez una contribuciรณn y aclaraciรณn para la decisiรณn de las pretensiones que tengan las partes en el conflicto. (Expediente No. CJG UIDE Quito).

Dicho lo anterior, la Oficina Tรฉcnica permite llegar a una investigaciรณn que busca cumplir el principio del interรฉs superior del niรฑo y permitir que el juez se forme el criterio sobre temas que solo se puede llegar a conocer a travรฉs de las entrevistas y test que se aplican a los involucrados en los procesos.

Algunos informes, si bien determinan el peligro que representa que los menores estรฉn bajo el cuidado de su madre o padre o la familia ampliada de cada uno de ellos (Caso Amay), no sugiere medidas de acogimiento institucional o al menos de seguimiento de la relaciรณn paterno-filial, tampoco se establece el grado de maltrato o afectaciรณn psicolรณgica y moral de los menores, ni las circunstancias de inducciรณn en los menores, de parte de uno de los padres en contra del otro, porque esta determinaciรณn permitirรก establecer un tratamiento psico-social que minimice en los menores involucrados en los proceso, la separaciรณn de los padres.

Bibliografรญa

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Reglamento Sistema Acreditaciรณn Personas Naturales Realizar Citaciรณn Registro Oficial 613 de 22-oct.-2015. http://www.mdconsult.internacional.edu.ec:2052/Webtools/LexisFinder/DocumentVisualizer/FullDocumentVisualizerPDF.aspx?id=INSTITU-REGLAMENTO_SISTEMA_ACREDITACION_PERSONAS_NATURALES_REALIZAR_CITACION

 Investigaciรณn y redacciรณn:  Andrรฉs Sebastiรกn Cevallos Sรกnchez, Luis Gustavo Espinosa Tandayamo, Pamela Estefania Flores Monar, Joceline Sabrina Dรกvila Salinas, Gabriela Mishelle Granja Romo, Glenda Michelle Garzรณn Ojeda, Juan Carlos Lockhard Solano de la Sala, Richard Andrรฉs Pinto Chuquimarca, Sharon Carolina Silva Silva, Kevin Adriรกn Yugcha Carrera. (Estudiantes Prรกctica Consultorio Jurรญdico semestre febrero-junio 2019)

Revisado por: Ab. Juan Carlos Ledesma Jaramillo. Secretario y Abogado Asesor

Aprobado para publicaciรณn por Dra. Norma Peรฑaherrera Guachamรญn. Coordinadora Consultorio Jurรญdico Gratuito UIDE Quito