Se abordan en esta edición sensibles aspectos de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), algunas de las múltiples ventajas de la adhesión del Ecuador a la misma, así como precisiones atinentes a la pesca en aguas internacionales próximas a las zonas de jurisdicción nacional por embarcaciones de bandera extranjera. Se incluyen consideraciones sobre la ampliación del límite exterior de la plataforma continental y apuntes en torno al importantísimo tratado que se negocia en la ONU, en el marco de la CONVEMAR, relativo a la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional.

En una nueva sección denominada RESEÑAS -que se inicia desde este número- se resumen algunos significativos temas de “HISTORIA, CULTURA Y PANDEMIAS “, nuevo libro del Doctor Gustavo Vega Delgado, Rector de la UIDE. En DOCUMENTO HSTÓRICO se sintetiza la importancia del 75 Aniversario de la ONU.

PANORAMA GLOBAL se congratula y agradece las contribuciones a esta décima segunda edición por parte del Canciller de la UIDE, Marcelo Fernández Sánchez, del ex Canciller Embajador Luis Valencia Rodríguez y de los Embajadores Alejandro Suárez y Gonzalo Salvador.

Como menciona Luis Valencia Rodríguez en una de sus eruditas publicaciones sobre las ventajas de la adhesión del Ecuador a la CONVEMAR:” …el ejercicio de los derechos soberanos y la jurisdicción ecuatorianos en la zona económica exclusiva y en la plataforma continental tiene carácter de exclusividad, es decir que en estas zonas la única autoridad legítima es el Estado ecuatoriano. Además, la Convención abre la posibilidad para que el Ecuador pueda extender su plataforma continental hasta la distancia de 350 millas” Y añade, entre otras ventajas, el ex Canciller Valencia, -quien fue Jefe de la Delegación del Ecuador en las negociaciones de 9 años-:” El Fortalecimiento de los derechos que el Ecuador ejerce en los espacios marítimos del Archipiélago de Galápagos, declarado “bahía histórica” con todas las ventajas que ello implica según el derecho internacional”.